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¿Qué puedo hacer si mi Empleador me despidió SIN carta de despido?

Si has sido despedido verbalmente, sea por teléfono o de manera presencial, por correo electrónico o por mensajería instantánea (como WhatsApp), lee estas recomendaciones.

Todo empleador tiene la obligación de comunicar el despido de un Trabajador por escrito, mediante una carta que indique expresamente una causal de derecho y un fundamento de hecho, debidamente explicado y fundamentado. La carta puede ser entregada personalmente o enviada por Correo certificado dentro de los 3 días hábiles siguientes al despido.

El Empleador no puede despedir a un Trabajador por teléfono o verbalmente de manera presencial, por correo electrónico o por mensajería instantánea (como WhatsApp), o de cualquier forma distinta a la antes indicada.

Si has sido despedido SIN una carta de despido, o como comunmente se dice "verbalmente", entonces debes dejar una constancia en la Dirección del Trabajo o en Carabineros de Chile, el mismo día del despido verbal. También puedes presentar un reclamo en la Dirección del Trabajo por el despido verbal.

Si te han despedido por inasistencias, y tienes una justificación, envíasela por cualquier medio a tu Empleador. Si tienes una licencia médica y el empleador no te la recibió, además de dejar constancia en la Dirección del Trabajo, debes tramitarla en la misma institución.

Recuerda contactarnos apenas hayas sufrido el despido verbal para poder planificar tu caso y poder ejercer las acciones judiciales dentro de los plazos legales.